Las personas físicas y morales que realicen los siguientes actos:
Enajenen automóviles nuevos de producción nacional. Se entiende por automóvil nuevo el que se enajena por primera vez al
consumidor por el fabricante, ensamblador o por el distribuidor autorizado.
Tasa
El impuesto se calculará aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3 de la ley del I.S.A.N.
Fecha de pago
A más tardar el día 17 de cada mes respecto a las enajenaciones realizadas en el mes inmediato anterior.
Lugar de pago
Declaraciones normales, complementarias, con recargos, en ceros y con saldo a favor en la Recaudación de Rentas que corresponda.
También a través de esta página podrás iniciar el pago en línea. Deberás proporcionar el R.F.C. del contribuyente y una clave personal que te será facilitada por la Recaudación de Rentas correspondiente. Luego se te presentará la declaración a llenar. Una vez llena la declaración se te mostrará el recibo a pagar.
Forma de Pago
Declaración mensual y anual en Recaudación de Rentas con cheque, cheque certificado a favor de la Secretaría de
Finanzas del Estado o en efectivo.
A través del portal de internet imprimir ficha para pagar en ventanilla bancaria (Banamex, Bancomer, Scotiabank
o Afirme) o pagar en línea con las siguientes opciones.
Tarjeta de Crédito a 6 meses sin intereses (Bancomer, Banorte, Santander, Inverlat, HSBC y American Express).
Tarjeta de crédito visa o master card
Cheque electrónico para clientes Bancomer
Cuenta de cheques otros bancos (CLABE)
Fundamento
Artículos 1 al 13 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
Para determinar el impuesto
El monto se redondeará para que las cantidades de 1 a 50 centavos se ajusten a la unidad del peso inmediato anterior y las cantidades de 51 a 99 centavos se ajusten a la unidad del peso inmediato superior.
Para calcular el impuesto sobre automovíles nuevos
Para el cálculo del ISAN no formará parte del precio el Impuesto al Valor Agregado que se cause por la enajenación.
Vehículos hasta para 15 pasajeros se aplicará la tabla 1.
Para camiones con capacidad de carga hasta 4,250 Kg., incluyendo los tipos panel, remolques y semirremolques tipo vivienda,
al precio de enajenación del vehículo se le aplicará una tasa del 5%.
Límite inferior $
Límite superior $
Cuota fija
% para aplicarse sobre el excedente del límite inferior %
0.01
174,485.97
0.00
2
174,485.98
209,383.11
3,489.66
5
209,383.12
244,280.41
5,234.59
10
244,280.42
314,074.61
8,724.31
15
314,074.62
En adelante
19,193.42
17
Exentos de pago
La exportación de vehículos con carácter definitivo.
Cuando la enajenación del vehículo no exceda de $162,255.49 sin considerar el IVA y sin disminuir descuentos,
rebajas o bonificaciones.
Cuando el precio de enajenación sea de $162,255.50 hasta $205,523.62 la exención será del 50%.
En la importación de vehículos en franquicia, en los términos de la Ley Aduanera.
¿Quiénes son sujetos del pago de Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN)?
Personas físicas o morales que enajenen autos nuevos o los importen en definitiva al país.
¿Qué documentos obtengo al realizar el pago?
Un recibo y copia de la declaración correspondiente.
¿Cuál es la fecha de vencimiento para el pago provisional y anual?
Para el pago provisional los días 17 del mes posterior y, para el pago anual, el 30 marzo del ao posterior.
¿Cada cuándo se realiza el pago?
Cada mes.
¿En Dónde se pueden realizar los pagos de ISAN?
En las Recaudaciones de Renta cuyos domicilios puedes consultar en esta página. También por Internet.
¿En dónde se pueden consultar los recargos y actualizaciones aplicables a los pagos extemporáneos del ISAN?
En la página de internet de la Secretaría de Finanzas de Coahuila ingresando en la siguiente dirección http://www.sfcoahuila.gob.mx/
¿En qué fechas se debe realizar la generación de requerimientos de ISAN?
El día 18 de cada mes.