04 feb 2012 


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| Regimen de Intermedios 





  • Atención directa para seguimiento
Teléfono

  01 (800) 701-5131


  • Contacto de pagos electrónicos
Email

  pagos@sfcoahuila.gob.mx


  • Pagos vía telefónica
Teléfono

  01 (800) 506-3910










  • Domicilio Administración Local de Asistencia Fiscal:

Calle 5 de Mayo No. 745 Sur, Zona Centro; C.P. 26200
  • Tel:

(877) 772-6347

  • Fax:

(877) 772-5388

s



 Trámites y servicios en línea



Contribuyentes sujetos


Las personas físicas y morales que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no hubiesen excedido de $4'000,000.00

Tasa


5%

Fecha de pago


A más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago.

Lugar de pago


Administración Local de Asistencia Fiscal que corresponda. A través de esta página podrás iniciar el pago en línea. Deberás proporcionar el R.F.C. del contribuyente y una clave personal que se te dará por la Administración Local de Asistencia Fiscal correspondiente. Después se te mostrará la declaración a llenar. Una vez llena se te presentará el recibo a pagar.

Forma de Pago


  • A través de la declaración 15-A que es de libre impresión, en la Administración Local de Asistencia Fiscal con cheque certificado a favor de la Secretaría de Finanzas del Estado o en efectivo.
  • A través del portal de internet imprimir ficha para pagar en ventanilla bancaria (Banamex, Bancomer, Scotiabank o Afirme) o pagar en línea con las siguientes opciones.
  • Tarjeta de Crédito a 6 meses sin intereses (Bancomer, Banorte, Santander, Inverlat, HSBC y American Express).
  • Tarjeta de crédito Visa o Master Card
  • Cheque electrónico para clientes Bancomer
  • Cuenta de cheques otros bancos (CLABE)

Fundamento


Artículos 127 y 136 bis de la Ley de Hacienda del Estado.

Para determinar el impuesto


El monto se redondeará para que las cantidades de 1 a 50 centavos se ajusten a la unidad del peso inmediato anterior y las cantidades de 51 a 99 centavos se ajusten a la unidad del peso inmediato superior.