22 may 2012 


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| Despacho del Gobernador | Oficinas del Ejecutivo 






[Gobernador]
[Unidades Administrativas]
[Gabinete]
[Agenda]




 Consejería Jurídica

Raúl Alvarado Castro
Consejería Jurídica


  • Dar apoyo jurídico al gobernador, en el ejercicio de sus funciones;
  • Instrumentar las iniciativas legales y demás decisiones del gobernador
  • Someter a consideración y, en su caso, a firma del gobernador, todos los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que se presenten al Congreso, y darle opinión sobre dichos proyectos
  • Integrar el proyecto de agenda legislativa del Poder Ejecutivo del Estado
  • Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración y, en su caso, firma del gobernador
  • Apoyar y supervisar jurídicamente los actos y gestiones de las dependencias de la administración pública estatal, así como coordinar y apoyar la defensa jurídica de las mismas
  • Prestar asesoría jurídica en asuntos en que intervengan varias dependencias de la administración pública estatal
  • Coordinar los programas de normatividad jurídica de la administración pública y procurar la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades
  • Presidir la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Estatal, integrada por los responsables de las unidades de asuntos jurídicos de cada dependencia de la administración pública
  • Opinar sobre el nombramiento y, en su caso, solicitar la remoción de los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la administración pública
  • Coordinar el programa estatal de actualización y simplificación del orden normativo jurídico
  • Sistematizar, compilar y archivar la legislación federal, estatal y municipal
  • Prestar apoyo y asesoría en materia jurídica a los municipios que lo soliciten
  • Representar al estado, en todo tipo de controversias judiciales o administrativas en que éste sea parte, en términos de los poderes correspondientes
  • Intervenir como representante legal del ejecutivo del estado, en las controversias derivadas de los conflictos individuales y colectivos de sus trabajadores planteados ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje
  • Dar trámite legal a los recursos administrativos que competa resolver al gobernador, que no sean competencia de otra dependencia o entidad de la administración pública estatal
  • Instrumentar los procedimientos de expropiación promovidos por el gobernador y representarlo en dichos juicios
  • Representar al gobernador previo acuerdo, en los consejos, comisiones y demás organismos que éste presida
  • Representar al Titular del Ejecutivo, en las acciones y controversias a que se refiere el artículo 105 de la Constitución federal, así como en los demás juicios en que éste intervenga con cualquier carácter; en caso de que alguna dependencia concurra a alguno de estos procesos, deberá consultar a la Consejería Jurídica los términos de su respuesta. El alcance de la representación mencionada comprende el desahogo de todo tipo de pruebas
  • Representar al titular del ejecutivo en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad locales
  • Las demás que le confieran expresamente este ordenamiento, otras disposiciones aplicables y aquellas que le encomiende el gobernador.