El Director General de Administración del Ejecutivo tiene las facultades y obligaciones siguientes:
Definir y proponer para su aprobación al Titular del Ejecutivo Estatal las políticas, normas y sistemas que tengan por objeto desarrollar una administración programada y eficiente, buscando la pertinencia y la racionalización de los recursos materiales, humanos y tecnológicos, destinados al Despacho del Gobernador del Estado;
Promover en el ámbito de su competencia, una cultura institucional de excelencia, creando un ambiente favorable para el desarrollo del trabajo eficiente y la práctica de un verdadero servicio a la comunidad;
Integrar el programa anual de requerimientos de personal, material, equipo de trabajo, servicios de apoyo y, en general, de todos aquellos aspectos que sean necesarios para el funcionamiento administrativo del Despacho del Gobernador del Estado;
Atender las necesidades de recursos materiales, humanos y tecnológicos de las unidades administrativas que forman parte del Despacho del Gobernador del Estado;
Promover medidas de control, conservación, rehabilitación, reposición, y en general, del buen uso de los recursos materiales a cargo de las unidades administrativas adscritas al Despacho del Gobernador del Estado;
Realizar revisiones a solicitud del Titular del Ejecutivo Estatal, a las unidades administrativas del Despacho del Gobernador del Estado, a fin de verificar el uso adecuado de los recursos materiales, humanos y financieros, así como supervisar el cumplimiento de las normas y políticas establecidas en la materia;
Coordinar los servicios de aseo, intendencia, vigilancia y demás servicios generales que se requieran en el Despacho del Gobernador del Estado;
Tramitar en el ámbito de su competencia, las adquisiciones de bienes y la contratación de servicios para el desarrollo del Despacho del Gobernador del Estado, a través de las instancias correspondientes y de conformidad con las políticas, normas y procedimientos autorizados por el Titular del Ejecutivo Estatal, y los principios, lineamientos y disposiciones de carácter jurídico que rigen la administración pública;
Llevar a cabo, en el ámbito de su competencia, la apertura, cancelación, administración y manejo de cuentas en instituciones bancarias conforme las disposiciones legales y las políticas que sean aplicables;
Autorizar, previo acuerdo del Titular del Ejecutivo, a terceras personas para que firmen en las cuentas bancarias que administre.
Supervisar que la custodia de los bienes muebles e inmuebles adscritos al Despacho del Gobernador del Estado, se apeguen a los lineamientos que al efecto se dicten y llevar el registro de los mismos;
Tramitar la documentación relativa al personal adscrito al Despacho del Gobernador del Estado;
Integrar, controlar y mantener actualizados los expedientes del personal al servicio del Despacho del Gobernador del Estado;
Conocer y tramitar las incidencias relativas a la situación del personal del Despacho del Gobernador del Estado, con estricto apego a la normatividad establecida;
Promover e implementar programas de capacitación, adiestramiento y desarrollo del personal del Despacho del Gobernador del Estado;
Elaborar las estadísticas, informes y evaluaciones del área de su competencia;
Coordinar la integración de los documentos del proceso de programación y presupuestación del Despacho del Gobernador del Estado;
Elaborar los estados contables y financieros correspondientes al Despacho del Gobernador del Estado que se requieran;
Analizar los aspectos orgánicos y funcionales del Despacho del Gobernador del Estado, y tramitar en su caso las modificaciones que correspondan ante las autoridades respectivas, y
Las demás que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan, así como aquellas que le confiera el Titular del Ejecutivo Estatal.
Dirección
Ignacio Zaragoza y Pérez Treviño No. 400
2do. Piso, Zona Centro
C.P. 25000 Saltillo, Coah.
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